El objeto de esta ordenanza es la regulación de actividades y usos especiales que puedan desarrollarse en zonas de gestión municipal y la vía pública, sobre o bajo el dominio público viario: calles, plazas, paseos, jardines o zonas libres dentro del término municipal de Alcobendas.
Queda derogada la Ordenanza de Ocupaciones del Suelo de la Vía Pública, publicada en el BOCM nº 57, de fecha 8 de marzo de 2001.