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Adaptación a la nueva plusvalía municipal

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Adaptación a la nueva plusvalía municipal

La sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de octubre de 2021 ha anulado el método de determinación de la base imponible del impuesto tal y como entonces estaba regulada en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).

Para adaptar la norma (TRLRHL), cumpliendo el mandato constitucional, se ha aprobado el Real Decreto-Ley 26/2021 de 8 de noviembre (BOE de 9 de noviembre), que modifica el sistema de determinación de la base imponible y que entró en vigor el 10 de noviembre de 2021.

A las transmisiones realizadas desde el día 10 de noviembre, inclusive, les es de aplicación la nueva norma que establece dos formas de determinación de la base imponible: el sistema objetivo, que se basa en el valor catastral del suelo, y el sistema de estimación directa, que considera la diferencia de precios del suelo entre adquisición y transmisión. Los ciudadanos pueden optar por el sistema que consideren más beneficioso. 

Este ayuntamiento ya ha actualizado las aplicaciones informáticas para la autoliquidación del impuesto, calculando la base imponible mediante sistema objetivo y sigue trabajando para permitir la autoliquidación aplicando el sistema de estimación directa de incremento de valor. En consecuencia, a partir del lunes 11 de abril:

1.- El contribuyente debe realizar autoliquidación cuando la base imponible se determine mediante sistema objetivo. Para ello, puede optar por ser asistido en el Servicio de Atención al Ciudadano.

2.- En el caso de que el contribuyente opte por determinar la base imponible mediante estimación directa, presentará declaración de la transmisión acompañando las escrituras públicas de adquisición anterior y transmisión actual.

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