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Autorizaciones para actividades o instalaciones temporales en suelo privado con ejecución de obra, en su caso

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Autorizaciones para actividades o instalaciones temporales en suelo privado con ejecución de obra, en su caso
Telemático

Si dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico  puede cumplimentar el trámite de manera on line.

Descripción

(Referencia: LA02)

Se trata de autorizaciones necesarias para desarrollar actividades con carácter temporal o bien instalaciones provisionales en suelo privado que por su naturaleza no son susceptibles de obtener una licencia de instalación y funcionamiento permanente, (carpas, castillos hinchables, árboles de navidad, decoraciones temáticas o similares).

Plazo autorizado: No se concederá ninguna autorización por un periodo superior a un año, y tendrán carácter improrrogable.

Para el caso de terrazas en suelo privado asociadas a bares, cafeterías, restaurantes, etc., ver la ficha específica de "Autorización para la instalación de terrazas descubiertas temporales estacionales en suelo privado"

  • Requisitos:

    Existen dos tipos de autorizaciones temporales, en función del tipo de actividad a desarrollar o instalación a realizar, de las características de la misma, y de la necesidad de ejecutar o no obra para su implantación:

    Tipo A: 
    • Todas las actividades incluidas en los anexos de la Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, excepto las que precisen además de una autorización sanitaria de la Comunidad de Madrid (Ver relación).
    • Todas aquellas actividades sujetas a la Ley 17 /1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid y que se especifican en los anexos del Decreto 184/1998, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones. (Ver relación).
    • Todas aquellas actividades no incluidas en los 2 apartados anteriores con superficie mayor de 300 m2, talleres industriales a partir de 150 m2 y almacenes industriales a partir de 200 m2.
    • Todas aquellas que superen los 10 m2 de superficie si precisan la ejecución de obras para su implantación.
    • Instalaciones de juegos hinchables, árboles de navidad, decoraciones temáticas y similares, cuando superen una altura igual o superior a 2 metros.

    -Documento informativo del contenido el proyecto para los casos que sea necesario

          

  • Tipo B:
    • El resto de actividades, es decir, todas aquellas que sin estar incluidas en la Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental ni en la Ley 17 /1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, no superen los límites de superficie indicados, y que no superen los 10 m2 si precisan la ejecución de obras para su implantación.
    • Instalaciones de juegos hinchables, árboles de navidad, decoraciones temáticas y similares, cuando no superen una altura igual o superior a 2 metros.
  • Declaración de datos básicos (Únicamente si realiza el trámite de forma presencial)(Tanto para tipo A como B),
  • Modelo de representación
  • Otra documentación a aportar:

    TIPO A:
    • Fotocopia de escritura de constitución de la sociedad, en el caso de personas jurídicas.
    • Proyecto técnico suscrito por técnico competente que incluya los aspectos de la obra a ejecutar y sus instalaciones (contenido del proyecto-enlace).
    • Dirección facultativa del técnico autor del proyecto.
    • Autorización de servidumbres aeronáuticas emitida por la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA), con independencia de la duración de la implantación, si la instalación supera la altura de cualquier parte de la edificación existente en la parcela o constituye una nueva implantación aislada, así como en caso de utilización de elementos auxiliares de montaje de altura que no se encuentren apantalladas dentro de la parcela, tales como grúas, plataformas elevadoras, etc.
    • Certificado de homologación para instalaciones tipo hinchables y electromecánicos.
    • Póliza de seguro con cobertura de la responsabilidad civil que pueda producir el montaje, funcionamiento y desmontaje de las instalaciones y desarrollo de la actividad.
    • Para el caso de actividades sujetas a la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid: Seguro que cubra los riesgos de incendio de las carpas o instalaciones de la actividad y de responsabilidad civil por los daños que puedan producirse a concurrentes y terceros derivados de las condiciones de las carpas, sus instalaciones y servicios, así como de la actividad desarrollada y del personal que preste sus servicios en las mismas, todo ello de acuerdo a la cuantía establecida en dicha ley.
    • Si la ocupación de la instalación supera los 2.000 asistentes: Plan de Autoprotección presentado con registro de entrada telemático en Protección Civil.
    • Una vez finalizada la obra y la implantación de las instalaciones, se aportará:
    - Certificado final de obra e instalaciones firmado por técnico competente indicando que el montaje de las instalaciones se ha ejecutado bajo su dirección y ajustándose al proyecto técnico aportado y a las condiciones de las Ordenanzas Municipales y demás normativa de aplicación.
    - Copia del boletín de la instalación eléctrica sellado por una Empresa de Inspección y Control Industrial (EICI), cuando la potencia instalada supere los 50 Kw.

    • Al término del desmontaje de las instalaciones se aportará certificado firmado por técnico competente indicando que el mismo se ha realizado bajo su dirección.   

    TIPO B:
    • Fotocopia de escritura de constitución de la sociedad, en el caso de personas jurídicas.
    • Plano de situación en el municipio y en caso de actividades ubicadas en centros comerciales o edificios no residenciales, plano de emplazamiento dentro del edificio.
    • Plano de planta a escala 1:50, con la distribución de la actividad: servicios higiénicos, ubicación de equipos o maquinaria, si lo tuviera, situación de extintores de protección contra incendios y aparatos de alumbrado de emergencia, almacenes y zona de estancia de público (deberá estar firmado por el solicitante).
    • Plano de sección o alzado, en caso necesario, en el que figure, si dispusiera, la ubicación de instalaciones de aire acondicionado (deberá estar firmado por el solicitante).
    • Certificado suscrito por técnico competente acreditativo de condiciones de seguridad de las carpas, quioscos e instalaciones y certificado de homologación para instalaciones tipo hinchables y electromecánicos.
    • Memoria y Presupuesto por capítulos de la obra a ejecutar, en su caso.
    • Póliza de seguro con cobertura de la responsabilidad civil que pueda producir el montaje, funcionamiento y desmontaje de las instalaciones.

    • Una vez finalizada la implantación de las instalaciones, se aportará:
    - Certificado final de obra e instalaciones firmado por técnico competente que acredite la solvencia técnica y estructural de las instalaciones.
    - Copia del boletín de la instalación eléctrica sellado por una Empresa de Inspección y Control Industrial (EICI), cuando la potencia instalada supere los 50 Kw.   
  • TIPO A:
    -Tasas por licencia de instalación, apertura y funcionamiento.
    -Tasa declaración responsable con proyecto: 511,00 euros.

    Si la licencia que solicita es para establecimientos de locales radicados en el Distrito Centro, y no se trate de bares, restaurantes, salas de baile o discotecas y recreativos de juegos de azar, los índices correctores por la categoría de la calle no se aplicarán a la tarifa

    TIPO B:
    -Tasa: 255,50 euros. 

    Las Tasas puede abonarlas:
    • Con tarjeta bancaria. • En metálico en las entidades bancarias colaboradoras del Ayuntamiento de Alcobendas.
    • Con Talón conformado o Cheque bancario nominativo a favor del Ayuntamiento de Alcobendas. En este caso, deberá dirigirse a la sucursal de CaixaBank, situada en la C/ Ruperto Chapí nº 59 (Alcobendas). 
    Una vez abonada la autoliquidación, deberá presentarse junto a la documentación, para su registro, en el Servicio de Atención Ciudadana.
El plazo de tramitación será de 2 meses.
Unidad responsable:
Licencias de actividades
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