Si dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico puede realizar su solicitud on-line
Ref. IBI01
Bonificación para familias numerosas en función del número de miembros de la familia y del valor catastral del inmueble:
Número de hijos | Valor catastral del inmueble | Bonificación en el IBI |
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No será necesario solicitar cada año la bonificación, únicamente se tendrá que realizar cuando se renueve el título de familia numerosa o cuando se produzcan cambios en la situación familiar que afecta a la condición de familia numerosa
Requisitos:
En los casos de viviendas nuevas, que todavía no tengan asignado valor catastral, podrá solicitarse la bonificación que producirá efecto a partir de la emisión del primer recibo del impuesto de Bienes Inmuebles.
Esta bonificación es compatible con la solicitud de bonificación por instalación de sistemas para aprovechamiento térmico o eléctrico. La bonificación anual máxima, bien por aplicación de la bonificaciones por familia numerosa o por simultaneidad de ambas, no excederá de 1.200 Euros por cada unidad fiscal.