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Presentación de recursos de reposición

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Presentación de recursos de reposición
Telemático

Si está registrado en Clave o dispone de certificado digital, D.N.I. electrónico o Tarjeta de Alcobendas puede cumplimentar la instancia de manera on line

Descripción

Referencia RT03

Se puede presentar recurso de reposición contra:

  • La aprobación de los padrones de los tributos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización de la exposición pública de los mismos.
  • La aprobación de liquidaciones de cualquier tributo o precio público, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación expresa de las mismas.
  • La concesión o denegación de beneficios fiscales en el mismo plazo que el caso anterior.
  • Contra la resolución del Recurso de Reposición se puede interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el Tribunal Superior de Justicia o Juzgados de lo Contencioso-administrativo 

Solicitud-Instancia.
• La que el interesado quiera aportar para documentar sus alegaciones  

1 Mes

Para suspender el procedimiento de pago de la deuda contra la cual se recurre, es necesario presentar garantía que cubra el principal más los intereses de demora, sumando el 25% a dicho importe cuando la deuda se encuentre en período ejecutivo.
La garantía se puede consistir en: depósito en dinero efectivo, aval o fianza solidaria prestada por una banco o caja de ahorros, fianza personal y solidaria prestada por dos contribuyentes de la localidad, de reconocida solvencia, para débitos inferiores a 601,01 euros

Unidad responsable:
Subdirección General de Rentas y Exacciones
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