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Presentación facturas Ayuntamiento de Alcobendas (FACE)

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Presentación facturas Ayuntamiento de Alcobendas (FACE)
Telemático
  • Imprescindible certificado electrónico reconocido. Puede hacerlo en línea a través del Punto general de entrada de facturas electrónicas (FACE). Es necesario que identifique los códigos de la Oficina contable, el Órgano gestor y la Unidad tramitadora a la que se dirijan. También puede hacerlo descargando la aplicación "Gestión de factura electrónica" (dirigida especialmente a PYMES, microPYMES y autónomos), donde se le indican los formatos y requisitos técnicos que debe cumplir, esta aplicación permite también la generación previa de facturas electrónicas de una manera cómoda y sencilla.

Códigos para la presentación de facturas electrónicas

Oficina contable Órgano gestor Unidad tramitadora
L01280066 Departamento de Contabilidad L01280066 Concejalía de Hacienda L01280066 Contabilidad y Presupuestos
Presencial
Descripción

Aviso importante

El Pleno Ordinario de la Corporación Municipal del mes de octubre aprobó la disolución definitiva de los patronatos municipales. De esta forma, los servicios que prestan los Patronatos Sociocultural, de Bienestar Social y de Deportes se gestionarán directamente por el Ayuntamiento. 

A partir del 1 de enero de 2022 no se podrán admitir facturas dirigidas a los patronatos municipales.
Todas las facturas deberán ser dirigidas a:

Ayuntamiento de Alcobendas
Plaza Mayor, 1 – 28100 Alcobendas (Madrid)
NIF P2800600E

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El Ayuntamiento de Alcobendas está adherido a la plataforma de facturación electrónica (FACE) de la Administración General del Estado, por lo que es obligatorio presentar las facturas superiores a 2.000 euros en formato electrónico.

Obligados a presentar factura electrónica:

Proveedores que tengan que presentar facturas por importe superior a 2.000 euros (IVA incluido) y que revistan alguna de las siguientes formas:

  • Sociedades anónimas.
  • Sociedades de responsabilidad limitada.
  • Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.
  • Establecimientos no permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria.
  • Uniones temporales de empresas.
  • Agrupación de interés económico. Agrupación de interés económico europea. Fondo de Pensiones. Fondo de capital riesgo. Fondo de inversiones. Fondo de utilización de activos. Fondo de regularización del mercado hipotecario. Fondo de titularización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

No se admitirán en el registro general o en los registros auxiliares del ayuntamiento o sus entes dependientes la presentación en formato papel de facturas cuya presentación resulte obligatoria en formato electrónico.

En la página web del Punto General de entrada de facturas electrónicas (FACE). Podrá consultar el listado de todos los órganos gestores y unidades tramitadoras que aceptan facturas, y el resto de la documentación informativa y de ayuda para la utilización del sistema (manuales, folleto explicativo, documentación de integración, ejemplos, etc.).

Unidad responsable:
Dirección Económica Financiera. Intervención General
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