Referencia. PMD06
NOTA IMPORTANTE: Según lo publicado en el BOCM Núm. 95 del viernes 22 de abril de 2022, respecto a las medidas específicas en materia de salud pública, que entran en vigor en el mismo día de su publicación, en aplicación de la ORDEN 576/2022, de 21 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
USO DE LA MASCARILLA
Como norma general el uso de la mascarilla ha dejado de ser obligatorio, a excepción de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes con excepción de las personas ingresadas.
Uso obligatorio de mascarillas en las Instalaciones deportivas:
Todas las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarilla en el uso o acceso al Servicio de Medicina deportiva de los Centros Deportivos, consulta, urgencias, fisioterapia y masajes.
Sin perjuicio de lo dispuesto en este apartado, se recomienda el uso de mascarilla para todas las personas con una mayor vulnerabilidad ante la infección por COVID-19, como mayores de 60 años, personas inmunodeprimidas y mujeres embarazadas, en cualquier situación en la que tengan contacto prolongado con personas no convivientes a una distancia menor de 1,5 metros.
«Asimismo, se aconseja realizar un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado, en los eventos multitudinarios, así como en reuniones o celebraciones privadas en función de la vulnerabilidad de los participantes ».