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Solicitud autorización de acceso a Ps. Conde de los Gaitanes en la Moraleja (SICAM)

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Solicitud autorización de acceso a Ps. Conde de los Gaitanes en la Moraleja (SICAM)
Presencial
Descripción

Referencia TR09

El ayuntamiento de Alcobendas con el fin de mejorar el acceso rodado a través del Ps. Conde de los Gaitanes (acceso desde la M-12), ha establecido un control de paso que se realizará con medios telemáticos para acceder a la Moraleja.

La restricción de paso será los días laborables lectivos de 8:00 a 9:30 horas.

Consulte folleto informativo

Vehículos autorizados:

- Vehículos dados de alta en el IVTM en Alcobendas.

- Vehículos de dos ruedas, autobuses, microbuses, auto taxis y resto de vehículos de transporte colectivo de viajeros.

- Vehículos de asistencia sanitaria, de emergencias, de seguridad y de servicios públicos del Ayuntamiento de Alcobendas o sus organismos.

- Vehículos con destino a colegios de la Urbanización previamente dados de alta en el sistema SICAM.

- Vehículos del personal adscrito a los inmuebles de empresas, comercios, sociedades, embajadas, clubs y en general personas jurídicas radicadas en la urbanización de La Moraleja que lo acrediten fehacientemente; excluidos proveedores de servicios o mercancías, así como clientes, socios o partícipes de aquellos.

- Vehículos del personal adscrito al servicio doméstico que trabajen en los inmuebles radicados en la urbanización de La Moraleja y que lo acrediten fehacientemente.

- Instancia General 

• Autorización vehículos dados de alta en IVTM en Alcobendas, vehículos de dos ruedas, autobuses, taxis, asistencia sanitaria, emergencias y de seguridad:

Ninguna

• Vehículos con destino a los colegios de la urbanización:

Los padres entregarán los datos de sus vehículos en los centros escolares y estos remitirán un listado al departamento de Tráfico incluyendo las matrículas de los vehículos del personal que trabaje en estos centros, por lo tanto no tendrán que realizar ninguna solicitud en el Ayuntamiento.

• Residentes (personas físicas) con vehículos sin alta en el IVTM de Alcobendas:

Deberán justificar su condición de residentes aportando contrato de alquiler, certificado de la autoridad diplomática, etc., o cualquier otro documento que acredite la residencia de solicitante.

• Residentes (personas físicas)  que utilicen vehículos de renting o de empresa:

• Solicitud razonada a través de instancia.
• Copia del permiso de circulación del vehículo .
• Si el vehículo es de RENTING, LEASING, O SIMILAR, deberá aportar copia del contrato a su nombre.
• Si se trata de un vehículo de empresa o sociedad, deberá aportar la documentación que acredite la relación profesional o laboral con la empresa:
  - Copia del contrato laboral o escritura de ser titular del negocio o sociedad.
  - Certificado de apoderado de la empresa en que se acredite el uso por el peticionario del vehículo.
  - Si la empresa posee el vehículo a titulo de renting o leasing o similar, además, copia del contrato suscrito a nombre de la empresa o sociedad.

• Vehículos de trabajadores de empresas, comercios, sociedades, embajadas, clubs o personal del servicio doméstico en inmuebles radicados en La Moraleja:

Además de la establecida en el punto anterior, documento que acredite fehacientemente la relación laboral o empresarial (contrato laboral, copia de escritura o poder, certificado de empresa, etc.)

15 días

Consulte aquí si su vehículo está autorizado

Los accesos alternativos son los siguientes:

- Por Arroyo de la Vega: calles Camino Ancho, Nardo, Caléndula o Salvia.

- Por A1 y Carretera de Fuencarral: calles Caléndula y Yuca.

- Por Encinar de los Reyes: Paseo de los Parques.

El control de paso se realizará con medios telemáticos. El acceso a la vía de un vehículo no autorizado podrá ser objeto de denuncia de acuerdo con lo ordenado en el art. 152 del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre por infringir lo establecido en la señalización viaria, pudiendo ser sancionado con multa pecuniaria de hasta 80 €.

La validez de la autorización será indefinida y se realizará mediante la inclusión de la matrícula en la lista de autorizados por SICAM.

Forma de denegación: Mediante acto motivado del Delegado de Seguridad Ciudadana notificado al interesado.

El solicitante será el interesado o bien su representante legal.

Sanciones: El acceso a la vía de un vehículo no autorizado podrá ser objeto de denuncia de acuerdo con lo ordenado en el art. 152 del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de Noviembre por infringir lo establecido en la señalización viaria, pudiendo ser sancionada de acuerdo al cuadro municipal de multas existente (código CIR 152-5D), por no obedecer señal de entrada prohibida a vehículos a motor, sancionable con 80 €.

Unidad responsable:
Tráfico
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