Referencia IBI10
El objeto de la descalificación de una vivienda protegida es liberarla para su venta en el mercado libre de vivienda. La descalificación de viviendas protegidas supone la realización de trámites ante la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento donde se encuentre dicha vivienda.
Para obtener la descalificación, una vez admitida la solicitud de descalificación por la Comunidad Autónoma correspondiente, hay que devolver las ayudas públicas que se hayan recibido, más los intereses legales correspondientes (calculados desde el momento de la percepción de las ayudas).
Puede solicitar un Avance informativo del importe de la liquidación del Impuesto sobre bienes inmuebles que le practicará el Ayuntamiento con motivo de la descalificación.