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Instalación de anclajes temporales

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Instalación de anclajes temporales
Descripción

(Referencia: VP14)

Licencia que autoriza la ejecución de anclajes temporales sobre estructuras en dominio privado, afectando estos al subsuelo público exclusivamente.

Solicitud de autorización.
• Presupuesto detallado con mediciones.
• Fotocopia de solicitud de licencia del proyecto o fotocopia del Decreto de concesión.
• Memoria que deberá incluir:
   - Justificación para la adopción de esta solución que se debe amparar en su incorporación en el proyecto de construcción visado y con dirección facultativa.
   - El proyecto deberá incorporar la condición de que se destensarán los cables de los anclajes. 
   - Indicación de que los anclajes son temporales, no existiendo impedimento para la revisión de los mismos una vez ejecutados los forjados. 
   - Planos:
     De planta detallando los servicios existentes y los anclajes con magnitud real en planta.
     De secciones transversales en los extremos de cada alineación de la promoción y en los puntos singulares de haberlos, con inclusión de la sección constructiva de la promoción a realizar, sección del viario público, servicios existentes y anclajes proyectados en magnitud real, acotando la parte del bulbo.
• Copia del capítulo del presupuesto del proyecto visado en el que figuran los anclajes a efectos de liquidar el correspondiente ICIO.              

Tasa por ocupación del subsuelo, suelo o vuelo de la vía pública o terrenos de uso público con cables y/o conductos:
     4,80 euros/metro lineal o fracción de anclaje activo, al año o fracción.
Impuesto de construcciones, instalaciones y obras
     4% sobre el presupuesto que figura en el proyecto, en la partida de anclajes (Si éste ha sido liquidado porque estaba incluido en el Proyecto de Obra para la concesión de licencia, deberá aportar justificación del pago).
Tasa por licencia urbanística
     0,9% del presupuesto de la obra, sin IVA, con un mínimo de 26,90 euros.

Los Servicios Técnicos Municipales podrán exigir el depósito de la correspondiente FIANZA, para responder del coste de ejecuciones subsidiarias o del deterioro que pueda sufrir la vía pública. 

Puede pagar:

• Con tarjeta bancaria, en nuestras oficinas, en el momento de realizar la autoliquidación.
• En metálico en las del Ayuntamiento de Alcobendas.

En el último supuesto, una vez abonada la solicitud-autoliquidación, deberá presentarse junto a la documentación para su registro en las oficinas del SAC  o por .

Unidad responsable:
Vías Públicas
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