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Licencia para movimiento de tierras

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Licencia para movimiento de tierras
Descripción

(Referencia LD30)

Licencia de obra necesaria para realizar movimientos de tierras, vaciados, terraplenados, desmontes y explanaciones referidos a regulación de terrenos a cielo abierto que formen taludes que se mantengan con la inclinación natural de estos, sin la utilización de sistemas estructurales de contención(*).

(*)Los sistemas estructurales de contención, cualquiera que sea su sistema y que tenga una altura tanto de excavación como de relleno superior a 1,00 metro, deberán solicitarse con la presentación de un Proyecto Técnico, y en principio estarán integrados dentro del trámite de licencia para movimiento de tierras.

 

Declaración de datos básicos.

Movimiento de tierras con excavación máxima de -2,20 m. y/o relleno inferior a +1, 50 m (obra menor):

• Plano de situación a escala 1:200, señalando la finca objeto de la licencia.
• Plano topográfico de la parcela o parcelas a que se refiere la solicitud, a escala no menor a 1:500, en el que se indiquen las cotas de altimetría, la edificación y arbolado existentes y la posición, en planta y altura, de las fincas o construcciones vecinas que puedan ser afectadas por desmonte o terraplén.
• Plano de los perfiles que permitan apreciar el volumen y características de la obra a realizar así como los de detalle precisos que indiquen las precauciones a adoptar en relación a la propia obra, vía pública y fincas o construcciones vecinas que puedan ser afectadas por el desmonte o terraplén.
• Memoria descriptiva, justificativa y técnica indicando el tiempo previsto de duración de las obras, y explicativa de las características, programa y coordinación de los trabajos a efectuar.
• Presupuesto por capítulos a precios de mercado.
• Plan de Gestión de Residuos de construcción y demolición.
• Justificante de la fianza para garantizar la correcta gestión de los residuos generados.

Movimiento de tierras con excavación superior de -2,20 m. y/o relleno superior a +1,50 m (obra mayor):

• Proyecto firmado por técnico competente y visado por su Colegio Profesional, que debe incluir:
- Plano de emplazamiento a escala 1:2000, señalando la finca objeto de la licencia. Plano topográfico de la parcela o parcelas a que se refiere la solicitud, a escala no menor a 1:500, en el que se indiquen las cotas de altimetría, la edificación y arbolado existentes y la posición, en planta y altura de las fincas o construcciones vecinas que puedan ser afectadas por desmonte o terraplén.
- Plano de los perfiles que permitan apreciar el volumen y características de la obra a realizar así como los de detalles precisos que indiquen las precauciones a adoptar en relación a la propia obra, vía pública y fincas o construcciones vecinas que pueden ser afectadas por el desmonte o terraplén.
- Memoria descriptiva, justificativa y técnica indicando el tiempo previsto de duración de las obras y explicativa de las características, programa y coordinación de los trabajos a efectuar. Presupuestos por capítulos a precios de mercado.
- Hojas de encargo de las direcciones facultativas correspondientes.
- El Ayuntamiento podrá exigir además un análisis geotécnico del terreno o solar y la copia del plano oficial acreditativo de haberse efectuado, en su caso, el señalamiento de alineaciones y rasantes del terreno.
- Plan de Gestión de Residuos de construcción y demolición.

• Justificante de la fianza para garantizar la correcta gestión de los residuos generados. 

Movimiento de tierras con excavación máxima de -2,20 m y/o relleno inferior a +1, 50 m (obra menor):
Consulte importes y formas de pago

Movimiento de tierras con excavación superior de -2,20 m y/o relleno superior a +1,50 m (obra mayor):
Consulte importes y formas de pago

3 meses
Subsanación:

Al presentar la documentación, si la solicitud exigida no está completa y usted desea formalizarla, se le requerirá para que en el plazo de 10 días aporte la documentación exigida, advirtiéndole que de no hacerlo se procederá al archivo de la solicitud.

Otros datos de interés
  • El peticionario de la licencia, asumirá la obligación de que las obras de excavación, desmontes y demás movimientos de tierras a que se refiere la licencia se ejecutarán por una empresa constructora competente.
  • Si para el movimiento de tierras es necesario utilizar una grúa torre, deberá presentar de forma separada la correspondiente declaración responsable urbanística de instalación de la misma y deberá tener la autorización de servidumbres aéreas. Se incluirá la información de aquella maquinaria necesaria para el montaje de dicha grúa (grúas móviles).
  • Si el proyecto que se presenta es el básico y la licencia se concede con arreglo a éste, posteriormente, deberá presentar declaración responsable indicando la elaboración del proyecto de ejecución.
  • Las obras no podrán iniciarse, hasta que se declare responsablemente la elaboración del proyecto de ejecución en el supuesto que este coincida con el proyecto básico o, hasta que se sea autorizada la modificación y aprobación del proyecto de ejecución.
  • Las obras autorizadas deberán iniciarse antes de un año desde la concesión de la licencia, y finalizarse en el plazo de tres años.
  • Cuando exista arbolado público en la proximidad de la obra, deberá protegerse adecuadamente según las normas de protección del arbolado público viario.
  • Horario permitido para realizar obras en el Municipio.   
Unidad responsable:
Licencias de Obras
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