(Referencia: SAC10)
A través del Ayuntamiento pueden enviarse solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a cualquier órgano de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares y a otros Ayuntamientos.
El Ayuntamiento remitirá la solicitud, escrito o comunicación junto a la documentación presentada a la Administración a la que se dirija surtiendo efectos, en cuanto a la fecha de presentación y al cumplimiento de plazos legales, como si dicha documentación hubiera sido presentada en la Sede del Organismo al que va dirigido.
Esta condición no rige en el supuesto de escritos dirigidos a los Registros de Patentes, Marcas y Propiedad Intelectual, cuya fecha de entrada será aquella en la que sea recibida por dichos Organismos.
No se tramitarán solicitudes, escritos o comunicaciones dirigidas a los siguientes Organismos:
• Tribunal Constitucional.(*)
• Consejo General del Poder Judicial, Tribunales de Justicia, Administración de Justicia (Juzgados) y Ministerio Fiscal.(*)
• Tribunal de Cuentas y Tribunales de Cuentas Autonómicos (Cámaras de Cuentas, etc.). (*)
• Órganos Legislativos, tanto del Estado (Congreso de los Diputados y Senado) y de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.(*)
• Escritos al Defensor del Pueblo.
• Escritos al Registro Civil, al Registro Mercantil y al Registro de la Propiedad.
• Las Corporaciones de Derecho Público (Cámaras Agrarias y de Comercio, Colegios Profesionales…).
• Escritos a Universidades (excepto las vinculadas al Estado, como la Universidad Nacional de Educación a Distancia y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, y las vinculadas a las diferentes Comunidades Autónomas, en el caso de la Comunidad de Madrid son: las de Alcalá de Henares, Autónoma, Complutense, Carlos III, Politécnica y Rey Juan Carlos).
• Escritos a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A.
• Escritos dirigidos a las Juntas Electorales Central, Provinciales o de Zona, como por ejemplo, solicitudes de excusa que presentan los nombrados miembros de mesa electoral.
• Escritos a la Oficina del Censo Electoral o a sus delegaciones provinciales, como por ejemplo reclamaciones al censo electoral.
• Solicitudes de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
• Solicitudes de Tarjeta de Residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
• Autorizaciones iniciales de Residencia Temporal y Trabajo por cuenta ajena, salvo las renovaciones de estas autorizaciones.
• Solicitudes de otorgamiento y/o inscripción en el Registro de Instrucciones Previas de la Comunidad de Madrid, lo que se conoce también como Testamento Vital o Últimas Voluntades.
(*)Excepción: Convocatorias abiertas al artículo 16 de la Ley 39/2015, generalmente relativas a Oferta Pública de Empleo.
Solicitud, escrito o comunicación dirigido a la Administración destinataria y toda la documentación que se deba acompañar.
-Modelo de solicitud.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-No se tendrán por presentados en el registro aquellos documentos cuyo régimen especial establezca otra forma de presentación, artículo 16.8 de la Ley 39/2015.
Código DIR3 Ayuntamiento de Alcobendas: L01280066
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