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Solicitud de bonificación en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica

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Solicitud de bonificación en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
Telemático
  • Si está registrado en Clave o dispone de certificado digital, D.N.I. electrónico o Tarjeta de Alcobendas puede  realizar el trámite on-line
Descripción

Referencia IV03

a) Los vehículos históricos o  que tengan una antigüedad mínima de 25 años, contados a partir de la fabricación. Si esta no se conociera se tomará como tal la de su primera matriculación, o en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejo de fabricar.

  • Gozarán de una bonificación del 25% sobre la cuota tributaria que corresponda.

Se aplicará a partir del ejercicio siguiente al de su solicitud.

b) Los turismos, camiones de menos de  2.999 kg. de carga útil o autobuses de menos de 25 a 50 plazas, que se incorporen al Padrón fiscal del IVTM por primera vez en el  municipio de Alcobendas, con efectos de la aplicación de la bonificación desde la fecha de la primera matriculación del vehículo y sean de motor de explosión o combustión (de combustible gasolina sin plomo o gasoil), de gas e híbridos (motor eléctrico-gasolina/diésel/gas) o eléctrico homologados de fábrica, que incorporen dispositivos catalizadores adecuados a su clase y modelo, siendo requisito indispensable uno de estos dos puntos:

  1. Que hayan sido titulares durante al menos 9 meses de un vehículo de la misma clase  y antigüedad superior a 4 años, y que, además, lo hayan dado de baja definitiva para desguace en la Jefatura Provincial de Tráfico, sin que el tiempo transcurrido entre dicha baja y la matriculación del nuevo vehículo no exceda de los doce meses o una semana entre el alta y la baja definitiva por desguace de los citados vehículos o,
  2. Que el sujeto pasivo tenga un número de vehículos matriculados en el Municipio que sea superior a 3.500, siempre que renueve su flota en un número de vehículos que represente un porcentaje superior al 15% sobre el total de aquella.

c) Vehículos híbridos de primera matriculación cuyos sujetos pasivos no hayan sido titulares de otros vehículos (de cualquier tipo) y no cumplan los requisitos del punto b)1.

Para acreditar no haber sido titular de otro vehículo en caso de vehículos eléctricos o híbridos los interesados tienen que presentar Certificado de la Jefatura Provincial de Tráfico de que no han sido titulares de ningún vehículo.

d) Vehículos eléctricos de primera matriculación que no cumplan los requisitos del punto b)1.

PORCENTAJE DE BONIFICACION DESDE LA FECHA DE MATRICULACION DEL VEHICULO (Siempre que cumplan los requisitos anteriores):

VEHICULOS GASOLINA SIN PLOMO, GASOIL, GAS, HIBRIDOS Y ELECTRICOS
1º AÑO 2º AÑO 3º AÑO 4º AÑO 5º AÑO 6º AÑO 7º AÑO
En general
40
30
20
10
0
0
0
Cuando sujeto pasivo sea titular de +3500 vehículos y - 10.000
60
50
40
25
25
25
0
Cuando sujeto pasivo sea titular +10000 vehículos y sujetos pasivos titulares de vehículos de gas, híbridos, eléctricos que cumplan b)1.
75
75
75
75
75
75
75
Vehículos híbridos de primera matriculación cuyos sujetos pasivos no hayan sido titulares de otros vehículos y no cumplan requisitos apartado b)1.
60
50
40
25
0
0
0
Vehículos eléctricos de primera matriculación que no cumplan requisitos apartado b)1.
75
75
75
75
0
0
0
 
 

 

Para todos los casos:
       • Solicitud-instancia (para el trámite presencial)
       • Fotocopia de la Ficha Técnica del vehículo. 

Para vehículos de antigüedad mayor a 25 años.

       • Fotocopia del Permiso de Circulación.

Para vehículos que se matriculen por primera vez en el municipio cuando se da de baja otro
       • Certificado de destrucción del vehículo que causa baja.

Para vehículos que se matriculen por primera vez en el municipio, en el caso de vehículos híbridos cuando no hayan sido titulares de otros vehículos.    

       • Certificado de la Jefatura de Tráfico que acredite que no ha sido titular de otro vehículo.

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