Multas de tráfico
Una vez recibida la notificación, usted podrá:
- Pagar la multa
- Presentar pliego de descargo
- Comunicar los datos del conductor, en el reverso de la multa, en el caso de que no fuera el infractor.
En el caso de retirada de vehículos por la grúa, puede recurrir tanto la retirada del vehículo como la denuncia por infracción de tráfico.
Si dispone de identificación digital también podrá consultar todas sus infracciones de tráfico (pendientes, pagadas, anuladas...)
Recursos:
Si presenta pliego de descargo a la sanción de tráfico, y es desestimado, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición ante el Sr. Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana, Protección Civil y Movilidad, en el plazo de un mes o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo o Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (según los casos) en el plazo de dos meses, contados a partir de a fecha siguiente a su notificación.
La interposición de los recursos no suspende la ejecución del acto impugnado, por lo que deberá pagar la sanción.
Prescripción:
Plazo que tiene la Administración para realizar la 1ª notificación:
Infracciones leves: 3 meses.
Infracciones graves y muy graves: 6 meses.
Los plazos anteriores comienzan a contarse desde la fecha de la denuncia.
Otros datos de interés:
Cuando la sanción no se paga en vía voluntaria, el expediente pasa a la vía ejecutiva conforme establece el artículo 95.4 de la Ley 6/2015, de 30 de octubre (Ley de Seguridad Vial). Para más información puede contactar con Recaudación Municipal