Icono Lupa

Personal eventual

AYTO Bloque de Alertas

Volver Atrás
datos-abiertos
Icono compartir-rrss
Icono descargar
Icono Calendario

Personal eventual

En los municipios de Gran Población, corresponde a la Junta de Gobierno Local aprobar el número y régimen del personal eventual.

El nombramiento y cese del personal eventual o de confianza es libre y corresponde al Alcalde. Cesan automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.

El personal eventual tiene naturaleza excepcional, debido al carácter libre de su nombramiento, debiendo ceñirse, por tanto, a las funciones estrictas de confianza y especial asesoramiento.

Su nombramiento, el régimen de sus retribuciones y su dedicación se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

En este espacio se publican los perfiles profesionales del personal eventual, puestos y las retribuciones.

Composición, perfil, retribuciones

Te puede interesar
¿Te ha ayudado esta página?
Si
En parte
No
Tu opinión nos hace mejorar
Tengo una idea
He visto un error