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Pleno y Comisiones

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Pleno municipal

Sesión constitutiva. Funcionamiento

En la sesión constitutiva de la corporación de fecha 17/06/2023 las/los 27 concejales elegidos en las elecciones municipales toman posesión de su cargo, y se elige al alcalde/sa entre los candidatos propuestos.

El Pleno es “el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el Gobierno municipal”, lo forman los 27 concejales y está presidido por el alcalde/sa. Aquí se toman oficialmente todas las decisiones transcendentes del municipio. El Reglamento Orgánico del Pleno (ROP) define la regulación específica del Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas y de sus Comisiones.

Funciona en régimen de Plenario y en régimen de Comisiones. Plenariamente, se reúne una vez al mes de forma ordinaria, si bien, cuando es necesario, lo hace de manera extraordinaria.

Cada grupo municipal está representado por un portavoz, que está facultado para actuar, en general, en nombre del grupo. La Junta de Portavoces está presidida por el alcalde y está integrada por los/as portavoces de los grupos municipales. Su función es debatir el orden del día de las sesiones ordinarias del Pleno municipal y regular las cuestiones relativas a su funcionamiento.

Actividad del Pleno

Composición del Pleno

Documentación relacionada

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Reglamento Orgánico del Pleno_ Texto consolidado
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Acta de constitucion del Pleno municipal del 17/03/2023

Comisiones plenarias

Tienen como finalidad el estudio, informe y consulta de los asuntos que van a ser sometidos a decisión del Pleno, así como el seguimiento de la gestión de la Alcaldesa y de su equipo de Gobierno, sin perjuicio del superior control y fiscalización que, con carácter general, le corresponde al Pleno.

Pueden ser permanentes o no permanentes. Y a su vez, las Comisiones permanentes pueden ser ordinarias o especiales.

Las Comisiones estarán integradas, en tanto miembros necesarios, por 1 representante designado por cada uno de los distintos grupos políticos, formaciones políticas en el caso de integrantes del grupo mixto, y por los concejales no adscritos, salvo renuncia expresa. 

La Alcaldesa es la Presidenta de cada Comisión. No obstante, podrá designar un/a Presidente/a efectivo y un/a Vicepresidente/a de entre miembros de la propia Comisión. La adscripción concreta de los Concejales a cada Comisión se ha realizado mediante escrito del Portavoz del Grupo dirigido a la Alcaldía.

Documentación relacionada

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Acuerdo creación, composición y constitución de comisiones plenarias 6 julio 2023
Acuerdo de creación, composición y constitución de las Comisiones Plenarias
Archivo
Decreto nombramiento de los presidentes de las Comisiones plenarias
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